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Principales formas jurídicas de una empresa
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Principales formas jurídicas de una empresa

October 17, 2024

Si tienes planes de establecer una empresa, es importante que sepas que existen diversas formas jurídicas de constitución disponibles.

Cada forma jurídica se adapta mejor a un tipo específico de proyecto empresarial, por lo que es fundamental conocer las características distintivas de cada una de ellas.

En este sentido, resulta relevante conocer qué es la forma jurídica de la empresa y cuáles son los tipos disponibles en España.

¿Qué es la forma jurídica de una empresa?

La forma jurídica de una empresa determina la estructura legal que la organización tendrá frente al estado.

En función de la forma jurídica seleccionada para tu empresa, tendrás que cumplir con obligaciones fiscales, tributarias y otras responsabilidades específicas.

Es decir, las obligaciones con la Seguridad Social y el Estado dependerán del tipo de empresa que escojas.

Por esta razón, es crucial que dediques el tiempo necesario para elegir el tipo de empresa que mejor se adapte a tus necesidades y expectativas.

Tomar una decisión apresurada puede tener consecuencias a largo plazo, ya que la forma jurídica de la empresa te acompañará a lo largo de toda tu trayectoria empresarial.

¿Qué formas jurídicas puede tener una empresa?

Quizás en este punto te estés preguntando: ¿cómo puedo saber cuál es el tipo de empresa que mejor se adapta a mi situación?

Para determinar qué forma jurídica de empresa es la más adecuada para ti, es importante responder a algunas preguntas básicas, tales como:

  • ¿Cuántos socios formarán parte de la empresa?
  • ¿Todos los socios asumirán el mismo tipo de responsabilidad?
  • ¿Cuál es la cantidad de capital social que cada uno aportará?
  • ¿Se responderá con todo el patrimonio personal a las deudas?
  • ¿Se requiere una contabilidad sencilla o más compleja?

Al analizar cada una de estas opciones, podrás encontrar la respuesta adecuada a tus necesidades empresariales.

Autónomo

Si buscas ofrecer productos o servicios por tu cuenta, la figura jurídica de autónomo será la más adecuada para ti.

Como autónomo, eres un profesional independiente que ofrece directamente sus productos o servicios a terceros.

Para ello, debes registrarte en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), pagar una cuota mensual a la Seguridad Social y tributar en el IRPF.

Es importante destacar que, como autónomo, respondes con todo tu patrimonio personal en caso de deudas.

A pesar de esto, constituirse como autónomo es la forma más sencilla de establecer una empresa.

Sociedad Limitada

La Sociedad Limitada (S.L.) es una forma jurídica empresarial en la que la responsabilidad se divide entre los aportes de cada socio.

Por lo tanto, si deseas constituir tu empresa con alguien más, esta es una de las opciones a considerar.

Cada socio solo responderá con lo que haya aportado e invertido en la sociedad.

El capital social mínimo requerido es de 3.000 € y puede ser dividido en diferentes participaciones.

En cuanto al área tributaria, la S.L. tributa a través de un impuesto diferente: el Impuesto sobre Sociedades.

Esta forma jurídica se recomienda para pequeñas y medianas empresas en las que los socios están comprometidos a largo plazo con el proyecto empresarial.

Sociedad Cooperativa

La Sociedad Cooperativa es una forma jurídica de empresa bastante particular porque los socios son, además de fundadores, trabajadores de la empresa.

Existen dos tipos de cooperativas: las que requieren al menos de 3 socios y las que resultan de la fusión de empresas.

No se requiere un capital mínimo para fundar una sociedad cooperativa, aunque los socios pueden establecerlo en los estatutos.

La responsabilidad de cada socio está relacionada con el capital que cada uno ha aportado a la compañía.

La cooperativa, al igual que la sociedad limitada, tributa por el Impuesto de Sociedades.

Sociedad Civil

La figura jurídica de la Sociedad Civil requiere que te des de alta como autónomo y te asocies con otro autónomo en una sola forma jurídica.

Para esto, podéis firmar un contrato de colaboración o bien comprar un NIF societario, aunque en este último caso se llevará a cabo el proceso ante un notario y tributaréis por el Impuesto de Sociedades.

Las Sociedades Civiles tributan en el Impuesto de Sociedades cuando tienen un objeto mercantil.

Si decidís optar por la primera alternativa, cada socio deberá realizar una declaración de IRPF. Por lo tanto, esta figura es bastante flexible.

Sociedad Anónima

Si te decides por una Sociedad Anónima (S.A.), ten en cuenta que el capital social mínimo es de 60.000 €, y que los socios responden dependiendo del capital que hayan aportado.

Por tanto, debes tener en cuenta que el desembolso inicial es más elevado que en otras formas jurídicas.

En cuanto a la fiscalidad y tributación, el capital puede dividirse en acciones y se tributa mediante el Impuesto de Sociedades.

Además, la S.A. debe contar con órganos internos como junta de accionistas, consejo de vigilancia y administradores.

Todos los cargos deben aparecer en la hoja de balance, donde se determinan las decisiones internas.

La S.A. es una opción más adecuada para grandes empresas que necesitan movilizar importantes sumas de capital y en las que no importa tanto quiénes sean los accionistas.

Comunidad de Bienes

La Comunidad de Bienes (C.B.) es una forma de contrato privado en la que dos o más autónomos buscan lanzar un proyecto empresarial en común.

Si te decides por esta opción, es importante que sepas que, como comunero, mantienes tu condición de trabajador por cuenta propia.

Desde el principio, es importante especificar la actividad del proyecto y el porcentaje de participación de cada socio.

También es necesario mostrar el aporte de cada uno a la comunidad, el sistema de administración y los elementos comunes de la empresa en ese momento, para diferenciar qué forma parte de la comunidad y qué no y establecer límites.

Conclusiones

Existen diversas formas jurídicas para crear una empresa en España, y cada una tiene sus ventajas e inconvenientes.

Es importante que antes de decidirse por una de ellas, se tenga en cuenta el capital necesario para su creación, la responsabilidad de los socios, la tributación, y otros aspectos legales y administrativos que puedan influir en el éxito del proyecto empresarial.

En última instancia, la elección de la forma jurídica dependerá de las necesidades y características específicas de cada empresa y de los socios que la forman.

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