Si estás en el proceso de crear tu propio negocio o establecerte como profesional independiente, seguro que te has interesado por la tarifa plana de autónomos, esta tarifa plana a la que todo el mundo llama los 50 euros de autónomo, que ahora son 80 euros, genera multitud de preguntas y curiosidad puesto que acerca el trabajo por cuenta propia a muchas actividades para las que en las primeras etapas del emprendimiento, la cuota de autónomos, aunque fuera por la base de cotización minima, se les hacía cuesta arriba al añadirla a todos los gastos añadidos al comienzo de una actividad de emprendimiento.
Si es la primera vez que se comienza a trabajar por cuenta propia, el pago de 80 euros o una tasa reducida de contribución a la seguridad social durante un cierto período es una ayuda notable. Descubre si puedes aplicar.
En febrero de 2013 se introdujo la tarifa plana de 50 euros al mes para los nuevos trabajadores en régimen de autoempleo, con el fin de fomentar la creación de puestos de trabajo mediante la iniciativa empresarial y, en particular, el establecimiento de actividades por cuenta propia. Desde su introducción, más de 1.000.000 de personas han aprovechado esta reducción temporal de las cotizaciones a la seguridad social para iniciar una carrera por cuenta propia.
Esta medida se creó de entrada sólo para los trabajadores autónomos menores de 30 años, pero poco tiempo más tarde el Estado promulgó la Ley de Fomento del Emprendimiento, ampliándose su aplicación a todos los nuevos profesionales, independientemente de su edad.
El gobierno ha implementado esta bonificación añadida a las ya existentes y a continuación intentaremos responder a tus preguntas con respecto a:
En este artículo intentaremos responder a estas y otras preguntas que puedas tener.
¿Qué significa ser trabajador autónomo? Para empezar, hay que introducir el concepto de autoempleo como se nombra en RETA (Regimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Un trabajador independiente o autónomo es una persona que realiza de forma regular, directa y personal una actividad económica cuyo desarrollo no depende de un contrato laboral con otra persona jurídica.
El marco legal que regula las contribuciones a la seguridad social de los trabajadores autónomos en el territorio español se llama RETA.
No se debe confundir a los trabajadores autónomos con otras personas que se parecen a ellos o que afirman parecerse a ellos.
La tarifa plana en las cotizaciones de los autónomos es una ley impulsada por el gobierno español para promover el empleo por cuenta propia. Consiste en pagar una contribución mensual reducida al fondo de seguridad social como trabajador autónomo.
La cuota a la seguridad social para los que se benefician de esta tasa es de 80 euros al mes en los 12 meses que siguen al alta en RETA, contra el 30% de la base de cotización minima que en 2020 serian 944,35 euros y que quedaría en una cuota de 286,13 € al mes,que deben pagar como mínimo los que no pueden acogerse a esta bonificación.
Y tú puede pensar: ¿qué incluye cada tarifa de autónomos?
Por mes incluye:
Por lo tanto, el objetivo claro de esta contribución a la seguridad social es facilitar la iniciativa empresarial y la inscripción en el régimen especial de los trabajadores autónomos.
Como puede ver, es mucho más caro cotizar por la tarifa general que la tarifa plana.
La tarifa de autónomo societario es aún más cara que lo que ya era la tarifa general
El total de ahorro cotizando por la tarifa plana para jóvenes autónomos en 2020 es de 5083.52 euros (-53%) durante los cuatro años de aplicación de esta bonificación de la seguridad social.
¿Sabías que es posible trabajar como empleado (para una empresa) y también ser un trabajador autónomo?
Si es posible, y si puedes aprovechar las ventajas de mantener múltiples trabajos, en caso de que nunca te hayas registrado como autónomo y el alta no sea como autónomo societario.
La reducción como autónomo en pluriempleo sera de la siguiente manera según condiciones:
En resumen, si la suma de las cotizaciones conjuntas suman más de 12215,41 €, te devolverán el 50% del exceso hasta la mitad de lo que hayas cotizado como autónomo dependiendo de en que base de cotización te hayas colocado.
Esta nueva casuística de la tarifa plana de autónomos ha estado vigente desde que la ley de trabajadores por cuenta ajena entró en vigor el 26 de octubre de 2017 en la ley 6/2017 de 24 de octubre.
Así, las madres que se reincorporan al trabajo después de la baja por maternidad pueden beneficiarse de la tasa fija de 80 euros.
Además, este caso incluye casos de reintegración después de la adopción y de permisos para el cuidado de los niños.
Las mujeres incluídas pueden beneficiarse de esta medida después de su regreso al trabajo. Esto significa que no tienen que esperar dos años desde su último empleo independiente para beneficiarse de la tarifa.
Por otra parte, si las mujeres que trabajan por cuenta propia deciden aportar más del mínimo establecido, se aplicará una prima del 80% a la tasa de contingencia común.
¡Y vivir en una población pequeña también tiene sus ventajas!
A partir del 1 de agosto de 2018, se fomentará el autoempleo en los municipios de menos de 5.000 habitantes.
¿Vives y trabajas en un municipio con menos de 5.000 habitantes?
En caso afirmativo, debes saber que después del período de reducción de 12 meses para contingencias comunes, tienes derecho a otros 12 meses con los mismos incentivos.
Sin embargo, para tener derecho a las prestaciones en los próximos 12 meses, hay que cumplir una serie de condiciones o requisitos:
Como ya hemos mencionado, una de las principales innovaciones desde 2019 es la ampliación de la tarifa plana de 80 euros para los trabajadores autónomos de 6 meses a 1 año. Esto se aplicará principalmente a los trabajadores autónomos que se inscriben por primera vez o que no se han inscrito en los dos años anteriores.
Así pues, los nuevos miembros autónomos tienen derecho a diversas medidas durante el primer año de inscripción en el RETA, según su elección:
Pero como la mayoría de las cosas, ¿hay letra pequeña?
Antes del paso al paquete de 80 euros para los autónomos, se preveía que podrías beneficiarte de nuevo de esta tarifa reducida si cancelabas tu inscripción como autónomo en cualquier momento durante el año de bonificación y te volvías a inscribir en el RETA antes de que finalizara ese período.
Pero ahora, después de los cambios, la letra pequeña ha desaparecido. Esto significa que la bonificación ya no se mantendrá después de que hayas cancelado tu alta y te hayas vuelto a unir.
Tendrás que esperar 3 años antes de poder cancelar tu alta en RETA para beneficiarte de este descuento.
Es importante señalar que en algunos casos puede ser más interesante hacerlo a pesar de perder la tarifa plana, ya que la legislación permite firmar y cancelar la RETA hasta 3 veces al año, especificando sólo los días en que las tarifas son más altas.
Y si contratas trabajadores, también puedes beneficiarte de la bonificación para autónomos
Un falso autónomo es un empleado al que la empresa exige que se registre como tal para poder trabajar, pero que cumple todas las características del trabajo por cuenta ajena.
Y ten en cuenta que contratar a un falso autónomo puede tener graves consecuencias:
El Real Decreto-Ley 28/2018 de 28 de diciembre, modifica el texto refundido de la Ley de Delitos y Sanciones del Orden Social. Esta RDL incluye un nuevo tipo de infracción grave con la correspondiente sanción (una multa de entre 3.126 y 10.000 euros por empleado), que penaliza la exclusión del sistema general de seguridad social de un empleado que siga ejerciendo la misma actividad profesional de forma ilegal bajo un régimen de trabajo por cuenta propia.
La tarifa plana debe ser tramitada en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento exacto en que se hace la primera solicitud al RETA, porque si se hace la solicitud más tarde, se pierde el derecho a ella.
Los documentos que se deben presentar son: documento de identidad, alta en el censo profesional (modelo 037), alta en el impuesto de actividades económicas (modelo 840) y, si ya se ha trabajado por cuenta ajena, la tarjeta de la Tesorería General de la Seguridad Social. Los profesionales que deban inscribirse también deberán presentar el certificado expedido por el colegio profesional correspondiente.
Después de la eliminación de algunos de los requisitos originales, ahora hay varias condiciones que deben cumplirse si se quiere utilizar esta ayuda:
En resumen...
Si tu idea es inscribirte como trabajador autónomo y cumples todas las condiciones para acceder a la tarifa plana para trabajadores por cuenta ajena de 80 euros al mes, puedes darte de alta siguiendo los siguientes pasos con hacienda y la seguridad social:
Desde Asesorae te podemos asesorar y ayudarte con todos los trámites cuando lo necesites, contáctanos sin compromiso y haremos todo para que este paso sea lo más sencillo para ti.
Si decides hacerlo directamente, primero tendrás que rellenar los papeles en la AEAT (Hacienda) y luego en la TGSS (Seguridad Social).
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