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Todo sobre las subvenciones en el Impuesto sobre Sociedades
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Todo sobre las subvenciones en el Impuesto sobre Sociedades

October 17, 2024

No resulta inusual que las empresas accedan a ayudas y subvenciones públicas destinadas a promover su crecimiento. Sin embargo, surge la interrogante sobre el tratamiento de estos ingresos. ¿Deben ser considerados como rentas sujetas al Impuesto sobre Sociedades (IS)? Es momento de analizar cómo se gravan las subvenciones en dicho impuesto.

¿En qué consiste una subvención?

Una subvención es un respaldo financiero proporcionado por la Administración Pública a una empresa, con el propósito de respaldar su progreso, su expansión, su innovación, o su contribución a la consecución de ciertos objetivos económicos, sociales o medioambientales.

Por ejemplo, las subvenciones para fomentar la digitalización empresarial, las subvenciones para la creación de empleo, o las subvenciones para la innovación.

En términos generales, identificamos una subvención cuando la suma de dinero otorgada a la empresa:

  • Se entrega sin una contraprestación directa por parte del beneficiario.
  • Está condicionada a un objetivo específico o a la ejecución de una actividad o proyecto.
  • El propósito último de dicho proyecto o actividad es de interés social.

Regulación de las subvenciones a efectos del Impuesto de Sociedades

La Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) aborda explícitamente el tema de las subvenciones, estableciendo que no se equiparan a ingresos lucrativos.

Además, el Plan General Contable especifica que las subvenciones se reconocen como ingresos contables, ya que representan un aumento en el patrimonio neto de la empresa. Sin embargo, su tratamiento contable varía según si las subvenciones son consideradas reintegrables o no reintegrables.

Aunque el tratamiento contable y fiscal de las subvenciones puede ser distinto, lo relevante en este momento son los efectos de las subvenciones en el IS. En este sentido, se consideran ingresos no operativos, lo que implica que, dependiendo del tipo de subvención, pueden aumentar la base imponible de la empresa.

Imputación de las subvenciones en el Impuesto sobre Sociedades

La legislación fiscal no ofrece una regulación detallada sobre el tema de las subvenciones, por lo que en estos casos se debe recurrir al criterio establecido por la Dirección General de Tributos en sus consultas vinculantes.

Según este organismo, dado que la Ley del Impuesto sobre Sociedades no presenta un criterio específico sobre la imputación de las subvenciones, esta imputación se realizará siguiendo los principios contables.

Como mencionamos anteriormente, a efectos contables distinguimos entre:

  • Subvenciones reintegrables: se registran como un pasivo en el balance de la empresa. No se consideran ingresos fiscales ni contables.
  • Subvenciones no reintegrables: se contabilizan como ingresos en el patrimonio neto de la empresa.

Las subvenciones que se imputan en el Impuesto sobre Sociedades son las no reintegrables, y dentro de esta categoría distinguimos:

Subvenciones de capital

Estas subvenciones se destinan a la inversión en un activo. Se registran como ingresos a medida que se amortizan las inversiones o gastos realizados con cargo a dicha subvención.

Es decir, en el Impuesto sobre Sociedades se reconocen a lo largo de varios ejercicios.

Subvenciones de explotación o corrientes

Estas subvenciones se otorgan para asegurar una rentabilidad mínima, compensar pérdidas en la actividad o sin un propósito específico. Se registran en su totalidad en el mismo ejercicio en que se otorgan.

Es importante tener en cuenta la fecha de concesión, no la fecha de entrega efectiva de la ayuda. Si una subvención se concede en 2023 pero se recibe el dinero en 2024, ese ingreso debe integrarse en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de 2023.

El tratamiento de las subvenciones en el Impuesto sobre Sociedades puede ser complejo, por lo que es recomendable contar con asesoramiento especializado para evitar problemas con la tributación. Contacta con Asesorae y te ayudaremos en todo.