Tener deudas pendientes con la Agencia Tributaria nunca es una buena idea, ya que estas acumulan intereses de demora y recargos con el paso del tiempo, lo que puede hacer que el importe final a pagar sea mucho mayor que la deuda original. Pero, ¿qué sucede si realmente no podemos hacer frente al pago de esa cantidad? ¿Es posible negociar una quita con Hacienda?
Si tu situación económica es especialmente complicada, resulta interesante que consideres la posibilidad de buscar vías que te faciliten el pago de lo adeudado.
La quita consiste en reducir la cantidad de dinero que una persona o entidad debe. Esta decisión se toma cuando el acreedor es consciente de que su deudor se encuentra en una situación de falta de liquidez y no puede hacer frente al pago completo de la deuda.
En estos casos, el acreedor prefiere cobrar un poco menos, pero asegurarse de recibir el pago de la deuda, en lugar de iniciar un proceso contra el deudor y arriesgarse a no cobrar nada si este se declara insolvente.
La quita es una potestad del acreedor, que puede darse por propia iniciativa, a propuesta del deudor o por acuerdo entre ambas partes.
Lamentablemente, no es posible negociar una rebaja de la deuda con Hacienda. De hecho, si no pagas dentro del plazo voluntario que te otorgan, la deuda se incrementará con intereses de demora y recargos.
Ni Hacienda ni ninguna otra Administración Pública van a reducir la cantidad que les debes. Sin embargo, existen algunas opciones que pueden hacer que el pago te resulte más manejable, como veremos a continuación.
Si no dispones de liquidez suficiente para pagar deudas o multas de la Agencia Tributaria, puedes recurrir a alguna de estas opciones:
Si Hacienda tiene una deuda contigo, como una devolución del IVA o del IRPF, puedes solicitar una compensación. Esto significa que Hacienda no te devolverá ese dinero y lo destinará directamente al pago de la deuda que tienes con ella. Quizás no cubra el importe total adeudado, pero ayudará a reducir la deuda.
Tanto si la deuda está en período voluntario de pago como si está en fase de ejecución (siempre y cuando no te hayan notificado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados), puedes solicitar un fraccionamiento o un aplazamiento. El fraccionamiento implica pagar la deuda en varias cuotas, mientras que el aplazamiento significa pagar el total adeudado de una sola vez, pero más adelante. En ambos casos se aplican intereses de demora, pero es una buena opción si tu falta de liquidez es temporal. Además, si se concede, no constarás como deudor tributario.
Aunque los tipos de interés están elevados, podría ser más económico pedir un préstamo personal al banco y devolverlo en pequeñas cuotas, que dejar la deuda con Hacienda pendiente, ya que seguirá creciendo con intereses y recargos. Calcula bien si te conviene más pedir un préstamo o solicitar el fraccionamiento a Hacienda.
Si has llegado a un estado de insolvencia real o inminente y tienes varios acreedores, considera iniciar un procedimiento judicial de segunda oportunidad. En este, tras liquidar tu patrimonio, se extinguen las deudas pendientes. Si tu deuda con Hacienda es inferior a los 10.000 euros, se cancelará totalmente. Si es superior, la parte que exceda esa cantidad subsistirá, pero el juez establecerá un plan de pagos viable, y podría acordar una quita con Hacienda.
Las deudas tributarias prescriben a los cuatro años. Pasado ese tiempo, la Agencia Tributaria no puede exigir el pago. Sin embargo, en la práctica, es complicado conseguir la prescripción, ya que Hacienda realiza reclamaciones periódicas que reinician el plazo de cuatro años. Por lo tanto, esta no es una forma muy viable de liberarse de la deuda.
El arreglo o acuerdo de pago es una fórmula prevista para los casos en los que el deudor tiene especial dificultad para abonar la deuda tributaria. Para llegar a este acuerdo, se debe presentar una solicitud a la Agencia Tributaria, detallando la situación económica actual del deudor y aportando un plan de pagos realista. Hacienda analizará la solicitud, pero no está obligada a aceptarla si la propuesta no es viable. Además, solo puede accederse al arreglo de pago si se cumplen ciertos requisitos adicionales, como haber presentado todas las declaraciones tributarias y que la deuda no supere un determinado importe.
Si no pagas de manera voluntaria, la Agencia Tributaria iniciará un procedimiento de apremio para obtener el cobro de la deuda por vía ejecutiva, lo que implica embargar y ejecutar tus bienes. Si no tienes liquidez, esta es otra alternativa para saldar la deuda, pero implicará la pérdida de bienes suficientes para cubrir la deuda principal, intereses de demora, recargos y los gastos asociados al procedimiento de enajenación de los bienes.
Ahora ya sabes que la quita con Hacienda no es posible. Tu deuda no va a bajar; de hecho, se incrementará a medida que pase el tiempo si no la abonas. Por eso, lo mejor es que busques la alternativa más viable para liberarte de la deuda entre todas las que hemos visto.
Si tienes dudas sobre cómo negociar una quita con Hacienda, contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.