La Sociedad de Responsabilidad Limitada o la sociedad limitadas (S.L.) es la forma de organización empresarial más utilizada entre las PYMES (pequeñas y medianas empresas) de España.
Esta forma de sociedad jurídica es el primer peldaño que se sube si el emprendedor autónomo no es suficiente y como tal establece unos límites en cuanto a responsabilidad económica para que la asociación al emprender tenga obligaciones controladas y unos límites de capital alcanzables para casi cualquier parte de la sociedad.
Un claro ejemplo de estas características especiales es que, si la sociedad tuviese deudas, el socio o los socios sólo serán responsables en proporción al importe de su contribución a la sociedad.
Para ponernos en contexto, gran parte de las empresas tienen como capital social 3006 euros y este es el límite de responsabilidad patrimonial que asume la S.L. a dividir entre todos los socios.
El número mínimo de accionistas de S.L. es uno, el conocido como sociedad limitada unipersonal o S.L.U. y no hay ni siquiera un número máximo de socios.
En España, En la Ley que regula las Sociedades Limitadas indica para estas empresas un capital social mínimo de 3000 euros, que obliga a que se demuestre para poder ser instalada, o en metálico o como patrimonio (por ejemplo, mediante la aportación de material informático).
Las sociedades de responsabilidad limitada tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Empresas.
En el territorio español por imperativo legal (Ley de Sociedades de Capital) todas las S.L. deben reservar el 10% de sus beneficios anuales como reserva legal obligatoria hasta el 20% del capital social suscrito.
Si hablamos de un capital tipo de 3000 euros, la reserva legal máxima seria 600 euros anuales.
En la creación de una Sociedad Limitada, se elaboran varios documentos estatutarios que contienen un detalle de las participaciones sociales de cada socio, con un detalle informativo sobre cómo es administrada la sociedad y demás conjunto de normas importantes para las operaciones y sobre todo la toma de decisiones.
Las sociedades limitadas tienen la obligación de pagar distintos tipos de gravámenes, como todas las demás compañías y sobre todo se ven afectadas en dos:
Aunque, en lo respectivo a las declaraciones de impuestos, la S.L. tiene ciertas ventajas comparativas si la comparamos con la figura del trabajador autónomo porque tiene un gravamen más bajo y puede aplicar por más gastos deducibles a la declaración, afectando al resultado final.
Los órganos habituales de una S.L. son las juntas generales y los administradores.
La junta general de accionistas toma decisiones importantes y es responsable de asesorar a los directores.
Además, la Junta General aprueba los estados financieros del año anterior.
Los administradores son responsables de la gestión de la S.L. Puede consistir en uno, dos o más administradores.
Mas es preciso señala, que sólo tres o más administradores pueden ser considerados como un consejo de administración.
Para empezar dentro de lo más positivo de la forma de sociedad limitada es su conveniencia para pequeñas y medianas empresas, ya que el número mínimo de accionistas (1) y el requisito de capital mínimo (3 000 euros) no es muy elevado.
La responsabilidad en S.L. está limitada al capital. Esto significa que los bienes personales de los socios están protegidos.
Si hay que resaltar una contra esta sería que los procedimientos para su formación son bastante complicados.
En principio, la S.L. es muy parecida a una sociedad anónima, pero hay normas para la transferencia de acciones, contabilidad y órganos internos que la distinguen.
Además de la sociedad limitada general hay varios tipos distintos variando sus características para adaptarse a las compañías, entre ellas tenemos los siguientes:
Si te has decidido a constituir una sociedad limitada por sus condiciones, límites y su responsabilidad acotada en cuanto al capital.
Es importante conocer el proceso de su creación.
Tu Sociedad Limitada se puede decir que ya existe, pero deberás pasar por varios procedimientos en la agencia tributaria para no dañar todo lo ya completado.
Los tramites a realizar en la agencia tributaria son los siguientes:
Tu sociedad planificada ya es realidad, pero aún queda trabajo por hacer.
Ya conoces todas las etapas de la creación de una sociedad de responsabilidad limitada, además de ello quieres saber cuánto es el coste de la creación de tu nuevo negocio.
Depende de los honorarios del notario y de las tasas, si hablamos del capital social mínimo en una sociedad limitada (3000 euros) el coste es aproximadamente 500 euros.
El cierre definitivo de una S.L. o disolución se hace en tres etapas:
Cuando una compañía se disuelve, esto implica dejar de llevar a cabo un negocio rentable y comenzar a liquidar los activos de la sociedad mercantil.
La disolución ocurre de manera automática (no necesitara la aprobación de la junta general de socios) si el capital social de la sociedad baja de un importe obligatorio mínimo (3.005,06 euros).
O si aplican condiciones definidas previamente en las escrituras de la sociedad para dicho período y no se concede ninguna prórroga.
Sin embargo, disolver la sociedad suele resultar de la decisión de los accionistas, siempre decidido en la Junta General de socios.
En el marco de la fase de liquidación, se completan las operaciones que estaban pendientes y se ejecutan las acciones a continuación:
Todas las acciones de esta fase las ejecutan los “liquidadores" quienes, desde ese instante (proceso de liquidación), fungirán como representantes de la compañía en los litigios, arbitrajes, transacciones, y siempre que le convenga a la empresa.
Relevan a los administradores de la sociedad de su función representativa.
Los liquidadores cargan con la responsabilidad de tener los libros de la empresa durante el proceso de liquidación y de garantizar la integridad de los activos de la empresa.
Para ello, los liquidadores deben:
Estos documentos deben ser presentados a la asamblea general para su aprobación.
La distribución propuesta será efectiva en proporción a las acciones que posean los accionistas, salvo que se disponga otra cosa en los estatutos.
Por regla general, los liquidadores son los antiguos administradores generales de la empresa el día de la resolución de disolución.
Sin embargo, también pueden nombrarse otras personas (en la resolución de disolución) si así lo decide la junta general de accionistas o existiera otra normativa en los estatutos.
Para completar la liquidación de la sociedad, los accionistas deberán liquidar el 1% de las regalías recibidas como Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por operaciones societarias.
Si las regalías recibidas no son recompensas monetarias, esta cantidad estará sujeta al IVA correspondiente, que dependerá de los bienes recibidos como compensación.
La consecuencia del acuerdo es que la personalidad jurídica de la empresa queda perdida.
La supresión de las inscripciones de la empresa en el Registro Mercantil se efectúa mediante la presentación de:
La escritura de disolución, que debe ser realizada ante notario, debe contener la siguiente información:
El certificado de cancelación debe contener el balance final cuentas de la liquidación y los nombres de los miembros con datos identificativos además de la cantidad recibida por cada uno de ellos.
Una situación que ocurre con frecuencia es que debido a que los socios no son capaces de llegar a un acuerdo y por tener un porcentaje idéntico de participaciones, se genera un bloqueo que impide la disolución de la compañía sin pasar por tramites adicionales.
En el supuesto de sociedades de responsabilidad limitada, donde dos socios, tienen la misma cantidad de participaciones sociales, es decir cada uno posee el 50% de acciones y uno de ellos tiene la voluntad de empezar el proceso de disolución de la sociedad limitada y el otro no quiere. ¿Qué se puede hacer?
Lo primero que recomendaremos es que se procure que no ocurran este tipo de sociedades de 50/50, siempre es preferible que uno de los socios tenga una cantidad ínfima superior que pueda inclinar la balanza en este tipo de situaciones y así evitar problemas y tramites costosos.
Lo segundo es revisar concienzudamente los estatutos de la sociedad para buscar causas automáticas de disolución que se hayan creado junto con la constitución de la compañía o durante la vida de la sociedad.
Si no lo hay, debemos tratar de llegar a un acuerdo en la asamblea general y, como último recurso, siempre podemos acudir a los tribunales para que un juez decida sobre la disolución.
La ley prevé como motivo de disolución automática que se respete el plazo establecido en los estatutos, siempre que no se prorrogue dicho plazo (es decir, que la sociedad se cree por un determinado período de tiempo) o que el capital social se reduzca a menos de 3.000 euros.
Con la aprobación de la junta general, las causas de disolución son las que se indican en el artículo 363 del texto revisado del derecho de sociedades:
Lo más común es que no se cumpla con ninguno de estos requisitos, y por esto tendrás que ir por la vía judicial para que el juez ordene la disolución de la empresa, y lo hará acreditando una de estas circunstancias después de haber realizado todas las indagaciones que correspondan.
A menudo no tenemos el asesoramiento necesario sobre cómo ahorrar dinero en el cálculo de principalmente el I.S. y cómo beneficiarse de las primas y deducciones asociadas.
Para tratar de reducir la cantidad, podemos aplicar las siguientes ideas legales:
Debemos recordar siempre que la depreciación no es más que la reducción y la pérdida de valor de un activo en las cuentas de la empresa, y si la practicamos correctamente, podemos lograr una reducción del I.S.
Durante un período fiscal, podemos deducir las deudas contraídas; para ello, el vencimiento de estas deudas debe ser de al menos 6 meses, o el deudor debe estar en proceso de quiebra, o las obligaciones deben haber sido cumplidas legalmente.
Sabemos que estos gastos son deducibles, pero hay un límite al monto neto de estos gastos, que es el 1%.
Si creamos un nuevo negocio contratando a un primer empleado, podemos beneficiarnos de una deducción de 3.000 euros en el pago del IS, siempre que el contrato sea indefinido.
Si hiciéramos una donación, podríamos ahorrar hasta el 40% de los costos, siempre que se haga a instituciones bajo el régimen de patrocinio especial.
Se trata de gastos deducibles, a menudo hasta el 25%, y de posibles inversiones de capital para llevar a cabo estos procesos.
A menudo cobramos por transacciones que no se completan hasta el año siguiente, lo que significa que los ingresos caen en el año del ajuste. Si este es el caso, podemos trasladarlo al año siguiente, lo que retrasa el pago del IS por este concepto.
Si el impuesto de sociedades ha sido negativo en los últimos años debido a las pérdidas del balance, podemos compensarlos con los beneficios futuros, ya que no están limitados en el tiempo ni han prescrito.
Si, por ejemplo, nuestra sociedad tuvo una base impositiva negativa de 1 millón de euros en un año anterior, podemos recibir una compensación de hasta el 100%, por lo que esta es una medida fiscal y contable que vale la pena utilizar.
La ley permite, en ciertos casos, una reducción del 10% de la base imponible, conocida como reserva de estabilización, que se aplica cuando tenemos una pequeña empresa que cobra entre uno y quince millones de euros.
Esta reserva se compensa y no está disponible para cargos en años posteriores, con el objetivo de pagar menos impuestos en el año en curso, con la esperanza de que las pérdidas de impuestos puedan ser compensadas por esta reserva en años posteriores.
Los contratos de arrendamiento financiero permiten acelerar la depreciación de un activo durante el plazo del contrato y, por lo tanto, reducir el pago del IS en el caso de la creación de una microempresa.
Para beneficiarse de esta ventaja, deben cumplirse ciertas condiciones:
Como se puede ver, hay varias opciones que nos permiten aumentar los gastos o reducir la tasa de pago del impuesto de sociedades, ya sea que nuestra compañía sea grande o pequeña, y estos son aspectos que debemos tener en cuenta al pagar al Tesoro.
Es muy importante para nosotros tener un buen asesoramiento fiscal para reducir la carga impositiva en la medida de lo posible, teniendo en cuenta que el asesoramiento no se limita a rellenar las declaraciones de impuestos, sino que debemos aprovechar los beneficios y las ganancias que pueden darnos todo lo necesario para desarrollar nuestro negocio adecuadamente.
En las próximas líneas de este artículo, veremos las ventajas y particularidades de la sociedad de responsabilidad limitada, ya que es una excelente alternativa comercial.
Identifica en sus características las ventajas sobre otras formas de negocio y analiza tu situación personal para ver si es la más adecuada para ti y tus futuros socios: