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¿Puede sancionar Hacienda si no hay mala fe?
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¿Puede sancionar Hacienda si no hay mala fe?

June 3, 2024

El Ministerio de Hacienda ha sido conocido por ser una de las instituciones públicas más estrictas ante los errores. Cualquier equivocación u omisión en una declaración, autoliquidación o reporte de datos por parte de un contribuyente resulta en una sanción inmediata. No obstante, esto está cambiando, ya que se empieza a hablar del 'derecho al error', que implica que Hacienda no puede imponer sanciones si no hay mala fe.

Aunque aún no está desarrollado en nuestra legislación, veremos qué avances se están haciendo en este ámbito.

¿Cuál es el régimen sancionador de Hacienda?

El ámbito tributario es especialmente complejo, y no es raro que los contribuyentes cometan errores al presentar sus impuestos o al proporcionar información fiscal. Estos errores pueden ser simples equivocaciones en una cifra.

También puede haber omisiones de información que no son necesariamente voluntarias o hechas con mala fe. Por ejemplo, el autónomo que olvida incluir una factura en su autoliquidación de IVA, o el contribuyente del IRPF que, por desconocimiento, no informa a la Administración Tributaria que su estado civil ha cambiado y se ha divorciado.

La Ley General Tributaria (LGT) regula una amplia variedad de conductas que se consideran infracciones tributarias y que conllevan una sanción. Entre ellas se encuentra la comisión de errores en las declaraciones o autoliquidaciones y la omisión de datos.

Esta regulación parte de la premisa de que el contribuyente ha actuado de forma dolosa. Siendo consciente de que está cometiendo un error o incurriendo en una omisión de información, con el objetivo de obtener un beneficio fiscal que no le corresponde. El problema de esta rigidez legal es que no contempla la posibilidad del error humano, lo que ha llevado a que personas que han actuado de buena fe tengan que pagar sanciones.

En los últimos años se han intentado tomar medidas para acabar con esta falta de flexibilidad, y se está trabajando en lo que se conoce como 'derecho al error'.

El derecho al error: Hacienda no puede sancionar si no hay mala fe

La legislación tributaria francesa reguló hace años el derecho al error, con el fin de evitar que los ciudadanos que se han equivocado en sus declaraciones fiscales sean sancionados por ello. Como requisito para su aplicación, es necesario demostrar que se actuó de buena fe y no hubo dolo.

En España, aún no se ha regulado el derecho al error, pero últimamente se habla mucho de él. En 2022, el Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC) quiso incluir esta figura dentro de la Ley General Tributaria, pero finalmente las negociaciones no prosperaron.

A pesar de que no tenemos una regulación legal de esta materia, los tribunales ya están tomando nota de esta posibilidad y comienzan a resolver a favor de los contribuyentes.

El derecho al error implica que Hacienda no puede sancionar si no hay mala fe. Es decir, que debe dejar de ser tan inflexible como hasta ahora y aceptar la posibilidad de que no todos los errores u omisiones cometidos por los contribuyentes están fundamentados en un intento de fraude fiscal.

Para que esto no se convierta en un 'coladero' para aquellos que sí defraudan de manera dolosa, la legislación debería regular los medios que permitirían comprobar si efectivamente ha habido o no voluntariedad al proporcionar información incorrecta o incompleta a la Administración Tributaria.

¿Cómo sabe Hacienda si el fallo es involuntario?

Actualmente, tal y como está configurado el sistema de sanciones, se puede afirmar que Hacienda parte de la presunción de fraude. Entiende que el contribuyente ha defraudado de manera voluntaria.

Esta forma de actuar resulta especialmente perjudicial para los contribuyentes. Porque en la mayoría de los casos, la Administración no va a considerar sus argumentos de que se han equivocado o han olvidado aportar ciertos datos, ya que para esta todo error es doloso. Por tanto, lo único que puede hacer el afectado es aceptar la sanción y pagar, o iniciar un largo y costoso procedimiento judicial.

Si en algún momento llega a regularse el derecho al error en nuestro ordenamiento jurídico y Hacienda no puede sancionar si no hay mala fe, una de las cuestiones más delicadas a definir será cómo puede demostrarse si ha habido o no voluntariedad a la hora de cometer la infracción.

¿Qué dicen los tribunales?

Este tema está de actualidad porque los tribunales están empezando a reconocer el derecho al error.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia reconoce expresamente este derecho y exime a un contribuyente de pagar a Hacienda una cantidad que no había declarado correctamente en su IRPF, por entender que ese fallo se cometió de forma totalmente involuntaria.

La sentencia destaca que Hacienda debería tener en cuenta la subjetividad de la norma, valorando si hay culpabilidad o no en la infracción cometida. Además, señala que para los contribuyentes existe siempre una presunción de buena fe, y que es la Agencia Tributaria la que tiene la carga de la prueba. Es decir, si la Administración quiere sancionar, debe tener pruebas que acrediten que el contribuyente obró con un ánimo defraudatorio o que ha habido negligencia por su parte.

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