A la hora de calcular el rendimiento de su actividad económica con el propósito de cumplir con las obligaciones tributarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los trabajadores autónomos tienen la opción de seleccionar entre diversos regímenes, siendo uno de los más frecuentes el régimen de estimación directa simplificada. Debido a su amplia aplicación, es relevante tener conocimiento acerca de los gastos que pueden ser deducibles bajo la estimación directa simplificada.
Cuando se trata de aplicar deducciones fiscales, es esencial adherirse a la normativa y a los criterios establecidos por la Hacienda, ya que cualquier error podría conllevar a la imposición de sanciones. Con el objetivo de evitar posibles inconvenientes con la Agencia Tributaria, estamos dispuestos a resolver todas las preguntas relacionadas con este tema.
Existe una diferencia significativa entre los ingresos generados por un autónomo a través de su actividad y el rendimiento real que obtiene de la misma. Esto se debe a que, para poder llevar a cabo su labor, el autónomo debe hacer frente a diversos gastos, como la cotización a la Seguridad Social o el alquiler del local en el que presta sus servicios a los clientes.
Por lo tanto, sería injusto que la tributación del IRPF se basara únicamente en el volumen total de facturación, sin considerar los gastos asociados a la actividad. Es por esta razón que en nuestra normativa se regulan los gastos fiscalmente deducibles.
Estos gastos, ya sea por disposición legal expresa o de acuerdo con el criterio establecido por la Agencia Tributaria, pueden ser descontados por los autónomos de la cantidad total facturada para calcular el beneficio neto de su actividad. Es este beneficio neto el que estará sujeto a tributación.
Con el fin de poder considerar los gastos deducibles en la estimación directa simplificada que detallaremos a continuación, es necesario cumplir con la totalidad de los siguientes requisitos:
En el caso de no haber renunciado a esta modalidad y no haber alcanzado un importe neto de cifra de negocios superior a los 600.000 euros en el año inmediatamente anterior, el autónomo quedará automáticamente sometido a este régimen de estimación del IRPF.
La Hacienda aplica un principio de correlación con los ingresos para permitir las deducciones. En otras palabras, un gasto solo puede ser deducido si se demuestra que es absolutamente necesario para llevar a cabo la actividad económica.
Con el objetivo de facilitar posibles comprobaciones e inspecciones, el autónomo debe disponer de documentos que respalden la realización efectiva del gasto deducido.
La factura se considera un medio de prueba prioritario en el caso de gastos profesionales, aunque también se pueden aceptar otros documentos como recibos o certificados de transferencias o de cargos bancarios.
El gasto efectuado debe estar detallado en tiempo y forma en la contabilidad o en los libros-registro que el contribuyente que realiza una actividad por cuenta propia debe llevar.
Lo que a continuación presentaremos son los gastos deducibles que la Hacienda admite sin mayores inconvenientes, siempre y cuando se cumplan los requisitos recién señalados.
Esta categoría abarca todas las compras de mercaderías, materias primas y otras adquisiciones corrientes de bienes realizadas a terceros, siempre y cuando dichos bienes sean necesarios para la actividad.
Por ejemplo, se incluyen compras de material de oficina o adquisiciones de artículos de proveedores destinados a la venta.
En el caso de que el autónomo tenga empleados a su cargo, es crucial tener en cuenta que los pagos realizados a estos son considerados gastos deducibles en la estimación directa simplificada.
Se pueden deducir todos los pagos realizados a los trabajadores, ya sea por sueldos, pagas extras, asignaciones para gastos de viaje, dietas e incluso retribuciones en especie.
Las cotizaciones a la Seguridad Social también se contabilizan como gastos deducibles para efectos del Impuesto sobre el IRPF. Esto abarca tanto las cotizaciones pagadas por la pertenencia del profesional al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como aquellas que el autónomo abona en nombre de sus empleados cuando actúa como empleador.
Algunos tributos son deducibles fiscalmente en relación con el IRPF, siempre y cuando afecten a los rendimientos obtenidos o a los bienes necesarios para la producción. Ejemplos de estos son el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que recae sobre el local donde se lleva a cabo la actividad profesional.
Lo que no es deducible en ningún caso son las sanciones impuestas al autónomo por parte de la Agencia Tributaria.
Para llevar a cabo su actividad, el autónomo necesita, como mínimo, una cuenta corriente. Además, puede contar con servicios financieros como una tarjeta de crédito para su negocio o un datáfono. Todos los gastos y comisiones generados por los servicios financieros asociados al negocio son deducibles. Esto incluye las comisiones que cobran las plataformas de pago, como PayPal.
Las primas pagadas por el profesional en concepto de seguro de salud propio, así como para su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, son deducibles. El límite es de 500 euros al año por cada persona cubierta por la póliza, o 1.500 euros en caso de que algún beneficiario del seguro tenga reconocida una discapacidad.
Si el autónomo necesita los servicios de profesionales externos, como un economista, un abogado, un notario o un diseñador gráfico, entre otros, puede deducir los pagos realizados por sus servicios.
Identificar los gastos deducibles en estimación directa simplificada no es complicado si conoces los requisitos que deben cumplir para ser aceptados por Hacienda. En todo caso, aplica las deducciones siempre estando bien informado sobre su procedencia, y así te ahorrarás problemas con la Agencia Tributaria.
¿Tienes dudas sobre los gastos deducibles en estimación directa simplificada? Contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.