La emisión de facturas con importe cero genera interrogantes entre muchos profesionales, quienes cuestionan su validez y legalidad. En términos generales, Hacienda no aprueba la contabilización de facturas sin importe. No obstante, existen excepciones importantes que requieren atención.
Continúa leyendo este artículo para comprender qué establece la ley acerca de estas facturas, cuándo es posible emitirlas, cómo deben contabilizarse correctamente respecto al IVA e IRPF, y los errores a evitar en este proceso.
En numerosas ocasiones, empresas y autónomos pueden encontrarse en situaciones donde consideren realizar transacciones comerciales sin asignarles un importe monetario. Por ejemplo, en el intercambio de dos productos o servicios de igual valor.
Sin embargo, la legislación al respecto es precisa: todos los bienes y servicios tienen un valor económico que debe reflejarse en la factura para su correcta contabilización y, en consecuencia, para el pago de los impuestos correspondientes. Aunque, hay casos específicos en los que una factura con importe cero puede ser adecuada.
Para determinar la legalidad de emitir facturas sin importe, debemos referirnos a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este marco normativo, en su artículo 80, aborda las 'Modificaciones de la base imponible', señalando las circunstancias bajo las cuales la base imponible de una factura puede ser modificada, incluso hasta llegar a un importe cero, siempre y cuando se cumplan los requisitos estipulados.
Sabemos que la emisión de facturas con importe cero es legal. Pero, ¿sabes si puedes aplicarlas en tu negocio? Las situaciones en las que los profesionales pueden emitir facturas sin importe no son muy comunes para la mayoría. No obstante, como en muchos aspectos legales, todo es factible si está debidamente fundamentado.
De acuerdo con la Ley del IVA mencionada, es posible emitir legalmente facturas con importe cero en las siguientes operaciones:
Es esencial entender que una factura con importe cero no implica que el servicio prestado sea gratuito. Simplemente indica que el cliente no debe desembolsar dinero en el momento del servicio.
A pesar de que las facturas con importe cero no afectan al balance de nuestra facturación, es crucial contabilizarlas como cualquier otra factura.
La falta de contabilización de facturas es una de las muchas sanciones por errores en la facturación que debes tener en cuenta para evitar posibles consecuencias.
Sin embargo, puedes omitir la fecha de vencimiento, dado que no hay ningún importe a pagar.
El IVA y el IRPF son aspectos importantes a considerar al emitir cualquier factura, incluyendo aquellas con importe cero.
Cuando la base imponible es cero, el IVA también será cero, independientemente de su tipo impositivo. De manera similar, si una factura tiene un importe cero, no se aplicará retención de IRPF al cliente. Sin embargo, es crucial recordar que, aunque el importe sea cero, siempre se debe incluir en la factura.
Ahora que estás al tanto de las excepciones que permiten las facturas de importe cero y cómo contabilizarlas, es crucial evitar caer en errores comunes relacionados con este tipo de documentos.
En primer lugar, como se mencionó al inicio, cualquier bien o servicio prestado debe ser valorado con un precio e incluir sus respectivos impuestos. Por lo tanto, es importante no confundir intercambios de prestaciones de igual valor con la emisión de facturas de importe cero. En tales casos, es necesario emitir una factura estándar con el importe correspondiente; aunque el ingreso y el gasto se cancelen mutuamente, los impuestos correspondientes deben ser pagados.
Por otro lado, otro error común al emitir facturas de importe cero es omitir información importante. Aunque no haya transacción monetaria, todas las secciones de la factura deben completarse como de costumbre, incluyendo la fecha, los datos del cliente, el número de referencia, entre otros aspectos.
Si tienes dudas sobre la emisión de facturas de importe cero, contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.