¿Es factible deducir los gastos de las campañas de promoción? Si eres uno de esos empresarios que ha invertido en estrategias de promoción y publicidad para hacer crecer tu negocio, estamos seguros de que esta interrogante ha rondado por tu mente en más de una ocasión.
Las campañas de marketing y publicidad son fundamentales para el desarrollo y el éxito de cualquier empresa. No obstante, al momento de invertir en este tipo de promoción, surge la incertidumbre acerca de si pueden deducirse como gasto o no.
En este artículo, vamos a analizar minuciosamente las complejidades de las regulaciones fiscales y legales, examinar las diferentes categorías de gastos que podrían considerarse deducibles y, por supuesto, también te informaremos acerca de las posibles restricciones y limitaciones que podrían aplicarse en tu jurisdicción. ¡Comencemos!
La respuesta a esta cuestión ha experimentado un giro de 180º tras la reciente sentencia emitida por el Tribunal Supremo. Hasta hace poco, Hacienda solo permitía la deducción de los gastos relacionados con la inclusión de la marca en un evento promocional.
En términos simples, solo se podían considerar como gastos deducibles aquellos relacionados con la impresión del logotipo en pancartas u otros elementos de merchandising. Todos los demás gastos vinculados a la promoción de un evento, como el alquiler del lugar, la adquisición de merchandising o la organización de un catering, quedaban excluidos.
No es ninguna novedad que Hacienda tiende a interpretar las leyes de forma restrictiva y en favor de sus intereses. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha actuado como un defensor para acabar con tal abuso.
Según la sentencia de abril de 2023, el Tribunal Supremo considera que los gastos de una campaña de promoción van más allá del logotipo, ya que el negocio promocionado suele asumir una parte o incluso la totalidad de los costos del evento. Por lo tanto, a partir de ahora, los negocios podrán beneficiarse de una mayor deducción en sus declaraciones fiscales.
En consecuencia, desde ahora se podrán deducir el alquiler del local, la compra de merchandising, bebidas, la contratación de famosos o influencers, la organización del catering y todos aquellos gastos asociados a la campaña de promoción.
OJO: antes de considerar todo esto como gasto, es necesario tener en cuenta que cada caso puede ser diferente y los requisitos exactos pueden variar según las circunstancias y las regulaciones fiscales específicas.
Con el cambio de criterio que ha supuesto la reciente sentencia del Tribunal Supremo, se ha abierto una nueva oportunidad para los autónomos societarios. Gracias a este nuevo paradigma, ahora podrás deducir un 15% de todos los gastos relacionados con tus campañas de promoción.
Anteriormente, la situación no era tan favorable para los autónomos societarios. Los gastos de promoción podían representar un verdadero desafío para las finanzas, alcanzando cifras que fácilmente superaban los 20.000 euros, e incluso en ciertas ocasiones, llegaban a la estratosfera de los cientos de miles de euros.
Como mencionaba, antes solo podías deducir una pequeña parte de esos gastos, como la impresión del logotipo. Realmente, una verdadera lástima, ¿verdad?
Por supuesto, ahora la situación ha cambiado drásticamente y Hacienda tendrá que aceptar la deducción de cualquier gasto vinculado con la realización del evento. Es decir, ¡todos los gastos de alquiler del local, compra de merchandising, organización del catering y cualquier otra adquisición relacionada con el evento, son ahora deducibles!
Pero espera, hay más. Lo mejor de todo es que la ley te permite aplicar un jugoso 15% a la base del gasto.
Para que lo comprendas mejor, voy a proporcionarte un ejemplo. Supongamos que en una promoción invertiste 1.000 euros en la impresión del logotipo, mientras que el costo total de la campaña de promoción ascendía a 20.000 euros.
Con la visión tan limitada que tenía Hacienda anteriormente, solo podías deducir 150 euros. ¡En cambio, ahora podrás deducir hasta 3.000 euros! ¿No es asombroso?
Ahora que se ha abierto una nueva oportunidad para poder deducir los gastos de publicidad en campañas promocionales, te interesará saber qué pasos debes seguir para poder deducirlos correctamente. Presta atención a estos cuatro consejos, ya que te serán de gran utilidad en el futuro:
Para aprovechar al máximo las deducciones de gastos de publicidad en tu actividad, resulta fundamental llevar un registro preciso de todos los gastos incurridos.
Esto implica mantener a mano todas las facturas, recibos y documentos relacionados que respalden tus gastos publicitarios. Un registro organizado te brindará la tranquilidad de calcular correctamente las deducciones y, en caso de una auditoría, te permitirá demostrar la legitimidad de tus gastos.
Cuando se trata de deducir los gastos de publicidad en tu actividad, es imprescindible que puedas distinguir de manera precisa aquellos que están directamente relacionados con esta área.
Esto puede abarcar una variedad de elementos, como la impresión de folletos, catering, eventos, contratación de anuncios en medios de comunicación, e incluso, los costos asociados a la creación y mantenimiento de un sitio web.
Es fundamental identificar y delimitar estos gastos específicos, ya que te permitirán deducirlos de manera precisa al momento de calcular tus impuestos. Al tener una clara comprensión de cuáles son los gastos que están directamente vinculados con la publicidad de tu actividad, podrás aplicar las deducciones correspondientes de forma adecuada.
NOTA: mantén un registro detallado de estos gastos y respáldalos con la documentación necesaria, como facturas y recibos.
Cuando se trata de la deducción de gastos de publicidad en tu actividad, es de vital importancia asegurarte de cumplir con las regulaciones fiscales y los requisitos específicos de cada caso.
Nuestro consejo es que te asegures de deducir únicamente los tipos de gastos que se consideran elegibles, así como mantener la documentación necesaria para justificarlo en caso de inspección.
Además, debes estar al tanto de posibles cambios o actualizaciones en las regulaciones fiscales relacionadas con la publicidad. Las normas pueden variar con el tiempo, como sucedió con el cambio de la nueva sentencia del Tribunal Supremo.
El último de los consejos es, sin lugar a dudas, el que más te sugerimos en este tipo de situaciones. Que el Tribunal Supremo haya determinado una ampliación de los límites de gastos deducibles en campañas de promoción, no significa que Hacienda siempre lo aceptará.
Por este motivo, te recomendamos enfáticamente que cuentes con la ayuda de un asesor fiscal. En Asesorae somos expertos en este tipo de situaciones, ya que contamos con un equipo de profesionales dispuestos a asesorarte en todas las dudas que te surjan.