La aparición de la modalidad de pago o cobro conocida como Bizum funciona de manera idéntica a cualquier otra forma de pago y, por lo tanto, debe ser incluida en las declaraciones presentadas por autónomos y empresas.
Bizum es una aplicación de pago y cobro que se lanzó en el año 2016. Su rapidez y simplicidad la distinguen de las transferencias bancarias, las cuales pueden demorar hasta dos días hábiles en llegar a su destino.
Además, es una herramienta que solo requiere un número de teléfono móvil para realizar pagos o cobros de facturas, mejorando significativamente las transferencias de dinero entre individuos y empresas.
Sin embargo, desde Asesorae queremos informarte de que si eres autónomo y utilizas Bizum para cobrar o pagar las facturas de tu negocio, debes declararlas legalmente.
La Agencia Tributaria ha comunicado y aclarado que el uso de Bizum para el cobro o pago de facturas sigue las mismas normas que si se hubiera realizado a través de una transferencia bancaria u otro medio de pago.
Desde el punto de vista fiscal, esto implica que los autónomos deben declarar todos los ingresos que reciban a través de la aplicación de Bizum, ya que estos ingresos forman parte de los rendimientos de la actividad económica que el autónomo o la empresa realizan, y, por lo tanto, deben ser informados a la Agencia Tributaria.
Por lo tanto, los pagos y cobros realizados con Bizum deben ser declarados en la Declaración de la Renta, al igual que cualquier otra obligación fiscal, ya que están sujetos a la Ley General Tributaria.
A diferencia de los autónomos, una persona particular solo debe declarar un pago o cobro a través de Bizum si supera los 10.000 euros, aunque las entidades financieras establecen un límite máximo de 500 euros para este tipo de operaciones.
En Asesorae, proporcionamos una serie de recomendaciones para evitar problemas con Hacienda debido al uso de Bizum.
Lo primero que un autónomo debe hacer es no mezclar las cuentas personales con las cuentas profesionales. Te sugerimos vincular los pagos o cobros de facturas a través de Bizum a una cuenta de negocio. Si se combinan las transacciones de dinero personales y profesionales, es muy probable que se genere una inspección tributaria.
Por lo tanto, todos los cobros recibidos a través de Bizum deben ser considerados como ingresos de la actividad económica o del trabajo autónomo y deben ser declarados como tal.
Además, las entidades financieras están obligadas a informar a Hacienda sobre las transacciones realizadas a través de Bizum, ya que se tratan como transferencias bancarias. En consecuencia, Hacienda tiene la facultad de acceder a esta información y solicitar a las entidades financieras más detalles si lo considera necesario.
En la actualidad, la Agencia Tributaria cuenta con una amplia variedad de fuentes de información financiera, como declaraciones informativas, solicitudes de información y comunicaciones enviadas directamente al contribuyente.
Con toda esta información, Hacienda fortalece el control del fraude fiscal, ya que, según fuentes oficiales, recibe anualmente datos de las entidades financieras (a través del Modelo 196) sobre los saldos bancarios al cierre del año y el último trimestre de sus clientes, así como los movimientos de entrada y salida de las cuentas.
Además, la Agencia Tributaria tiene la facultad de solicitar cualquier documentación relacionada con las cuentas que considere relevante para el control tributario.
Por lo tanto, es una obligación para los autónomos declarar los pagos realizados a través de Bizum, ya que es un método de pago más que se debe tener en cuenta.
La forma en que un autónomo debe declarar un pago realizado a través de Bizum dependerá del tipo de operación que se realice. Si se trata de un pago por la prestación de servicios o la venta de un producto, se considerará un rendimiento de actividad económica. Por otro lado, si se trata del pago de un arrendamiento, se clasificará como un rendimiento de capital inmobiliario.
Por último, desde Asesorae, recomendamos que todas las transacciones realizadas por un autónomo a través de Bizum se interpreten como transferencias bancarias. De lo contrario, podrían estar sujetas a una Inspección Tributaria.