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¿Cómo se facturan los servicios prestados desde España a Andorra?
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¿Cómo se facturan los servicios prestados desde España a Andorra?

October 17, 2024

Para emitir facturas por servicios prestados desde España a Andorra, es importante tener en cuenta que Andorra no forma parte ni de la Unión Europea (UE) ni del Espacio Económico Europeo (EEE). En consecuencia, todas las transacciones con este país se consideran exportaciones desde el punto de vista fiscal.

No obstante, gracias a la firma del Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y Andorra, se ha simplificado notablemente el proceso de facturación entre ambas naciones.

Este acuerdo tiene como objetivo evitar la doble imposición de impuestos sobre la renta entre los dos países firmantes, lo que agiliza los procedimientos comerciales y fomenta la colaboración en materia fiscal a nivel internacional.

¿Qué impuestos se deben incluir en una factura a Andorra?

Para realizar facturación desde España hacia Andorra, es fundamental tener en cuenta que las ventas de bienes y mercancías se consideran exportaciones. En consecuencia:

  • Las facturas emitidas desde España no deben incluir el IVA español (21 %).
  • Desde Andorra, el cliente deberá abonar el IGI (4,5 %) y los impuestos de importación especificados en el DUA (Documento Único Administrativo).
  • De acuerdo con los tratados de doble imposición, no será necesario aplicar la retención del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

¿Tienes dudas sobre cómo se facturan los servicios prestados desde España a Andorra? Contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.