Todas las compañías, en el transcurso de su operativa, están requeridas a presentar el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio fiscal completo. No obstante, al igual que sucede con la declaración de la renta, este impuesto no se liquida en una única cuota, sino en pagos fraccionados. Para ello, las empresas deben cumplimentar el modelo 202.
En las siguientes líneas, se detalla en qué consiste el modelo 202, cómo se determina el importe a abonar y cómo se registra según las normativas del Plan General Contable.
El modelo 202 se emplea para realizar pagos fraccionados tanto del Impuesto de Sociedades como del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Esto significa que, en lugar de abonar la totalidad del importe al final del ejercicio fiscal, las empresas efectúan pagos parciales a lo largo del año. Esta práctica facilita la gestión de los impuestos para las empresas.
Posteriormente, durante el período de presentación del modelo 200, se regulariza la situación de todas las entidades, siguiendo un proceso similar al de la declaración de la renta de las personas físicas. Si las retenciones practicadas mediante el modelo 202 superan el importe que la empresa debe pagar, el modelo 200 reflejará un saldo a favor, y en caso contrario, deberá abonar la diferencia.
Todas las empresas, al llevar a cabo su actividad, deben presentar el modelo 202 si cumplen con los siguientes criterios:
Las cuentas asociadas al pago del modelo 202 son las siguientes:
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