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¿Cómo se contabiliza el pago del modelo 111?
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¿Cómo se contabiliza el pago del modelo 111?

April 15, 2024

El modelo 111 es un documento fundamental que todas las empresas deben presentar ante la Agencia Tributaria en España como parte de su actividad empresarial. Además, constituye una obligación contable que debe cumplirse de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.

A continuación, detallaremos en qué consiste este modelo, quiénes están obligados a presentarlo y cuándo hacerlo, así como la manera en que debe contabilizarse conforme al Plan General Contable español.

¿Qué es el modelo 111?

El modelo 111 es un documento tributario que las empresas y profesionales en España deben presentar ante la Agencia Tributaria (AEAT). Este modelo se utiliza para informar y liquidar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que se aplican en pagos realizados a trabajadores, profesionales o en ciertas actividades económicas.

La presentación del modelo 111 se realiza de forma trimestral, dentro de los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiendo a los ingresos y retenciones del trimestre anterior. Asimismo, las grandes empresas pueden presentarlo de forma mensual si así lo requiere su volumen de operaciones.

Es importante destacar que la presentación de este modelo es obligatoria para todas las empresas, a menos que el IRPF retenido sea nulo.

¿Qué se incluye en el modelo 111?

En este modelo se incluyen principalmente:

  • Retenciones del trabajo asalariado: engloba las retenciones aplicadas en las nóminas de los empleados, tales como salarios y otras compensaciones derivadas de una relación laboral o estatutaria.
  • Retenciones de actividades económicas: comprende las retenciones aplicadas a los profesionales autónomos y empresarios individuales por los ingresos generados en su actividad económica. También abarca ciertas actividades sujetas a retención, como los alquileres de locales comerciales.
  • Retenciones sobre premios: para premios sujetos a retención de IRPF.
  • Retenciones sobre determinadas rentas o rendimientos: como los provenientes de arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles urbanos (excepto viviendas utilizadas como residencia), rendimientos de capital mobiliario no sujetos al modelo 123, y ganancias patrimoniales derivadas de aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.
  • Pagos a cuenta sobre rendimientos de trabajo: en situaciones específicas en las que se apliquen pagos a cuenta.
  • Información adicional requerida por la AEAT: esto puede incluir datos específicos sobre determinadas retenciones o ingresos a cuenta que deban detallarse según la normativa vigente.

¿Cuándo se paga el modelo 111?

El modelo 111 en España debe ser presentado y pagado de forma trimestral dentro de los siguientes plazos:

  • Primer trimestre (enero – marzo): hasta el 20 de abril.
  • Segundo trimestre (abril – junio): hasta el 20 de julio.
  • Tercer trimestre (julio – septiembre): hasta el 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre (octubre – diciembre): hasta el 20 de enero del año siguiente.

Para los obligados tributarios que estén bajo el régimen de grandes empresas o aquellos que tengan habilitada la opción de presentación mensual, el modelo 111 debe ser presentado mensualmente, dentro de los 20 primeros días naturales del mes siguiente al período de liquidación correspondiente.

Cuentas contables relacionadas con el pago del modelo 111

Las cuentas contables relacionadas con la contabilización del modelo 111 son, principalmente, dos:

  • 4751 – Hacienda Pública. Acreedora por retenciones practicadas: es una cuenta contable destinada a registrar las retenciones de impuestos sobre la renta, así como servicios profesionales, arrendamientos u otros conceptos sujetos a retención conforme al IRPF.
  • 572 – Bancos: es la cuenta contable utilizada para reflejar el saldo de los fondos disponibles en cuentas corrientes bancarias denominadas en euros. Esta cuenta representa los recursos líquidos con los que cuenta una empresa o profesional en el sistema bancario, disponibles de manera inmediata para el pago de obligaciones o para su uso en las operaciones diarias.

Aunque no es estrictamente obligatorio, el Plan General Contable también distingue otras subcuentas que pueden emplearse para desglosar esta información:

  • 47511 – Hacienda Pública, Acreedores por retenciones e ingresos a cuenta, IRPF: esta cuenta registra las cantidades retenidas por el pagador en concepto de IRPF sobre los rendimientos del trabajo, es decir, las retenciones practicadas en las nóminas de los empleados. Representa el pasivo que la empresa tiene frente a la Hacienda Pública por estas retenciones, hasta que se realiza el ingreso correspondiente.
  • 47512 – Hacienda Pública, Acreedores por retenciones e ingresos a cuenta, Retenciones profesionales: se utiliza para registrar las retenciones de IRPF aplicadas a los servicios profesionales, como los honorarios pagados a abogados, arquitectos, consultores, etc. Las cantidades retenidas se ingresan a la Hacienda Pública como un pago a cuenta del impuesto sobre la renta de los profesionales.
  • 47513 – Hacienda Pública, Acreedores por retenciones e ingresos a cuenta, Retenciones por alquileres: esta cuenta contable se dedica a las cantidades retenidas e ingresos a cuenta por el concepto de alquileres, registrando las retenciones practicadas sobre los pagos por el arrendamiento de inmuebles urbanos utilizados para actividades económicas. Estas retenciones se ingresan a la Hacienda Pública como pagos a cuenta del impuesto sobre la renta del arrendador.

Si tienes dudas sobre cómo contabilizar el pago del modelo 111, contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.