El cumplimiento correcto de las responsabilidades fiscales es un elemento fundamental para prevenir complicaciones de carácter fiscal y legal que puedan afectar negativamente a tu empresa.
No obstante, en algunas ocasiones, es factible que un cliente omita efectuar la declaración de la retención correspondiente, especialmente en casos relacionados con facturas emitidas hacia finales de diciembre.
En primer lugar, es crucial resaltar que el cliente está sujeto a la obligación legal de efectuar el pago correspondiente a la retención de tu Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dentro de los plazos y modalidades establecidos por la normativa fiscal.
Si ha omitido realizar dicho pago, existen dos alternativas para regularizar la situación:
El cliente tiene la opción de presentar una declaración complementaria para incorporar la retención omitida. Si se realiza esta acción en un plazo razonable y con escaso retraso, es posible que la Agencia Tributaria no imponga sanciones, intereses de demora ni recargos.
En el supuesto de que el cliente no haya presentado la declaración complementaria en el plazo estipulado, también puede optar por incorporar la retención omitida en su próxima Declaración de la Renta. Aunque esta alternativa no se aconseja, dado que puede ser vista como una solución de emergencia, no resulta altamente perjudicial siempre y cuando se corrija oportunamente.
¿Tienes dudas sobre qué sucede si un cliente olvida declarar tu retención? Contacta con el equipo de profesionales de Asesorae y te las resolveremos a la mayor brevedad posible.