Si estás pensando en crear una Sociedad Limitada (SL), es importante distinguir entre dos conceptos clave: el capital social mínimo que debe tener la empresa y la cantidad mínima necesaria para constituirla.
Hasta hace poco, esta diferencia no existía, pero con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, las reglas han cambiado.
El capital social de una empresa es el dinero o los bienes que aportan los socios cuando la crean o en momentos posteriores. Estas contribuciones pueden ser en efectivo o en forma de activos, como equipos o propiedades.
Este capital es clave para el funcionamiento de la empresa por varias razones:
Si quieres montar una Sociedad Limitada, la ley establece un capital social mínimo de 3.000 euros, que se reparte en participaciones entre los socios.
No hay un límite máximo, así que los socios pueden aportar todo el capital que consideren necesario.
El motivo por el que se fijan esos 3.000 euros es porque se considera la cantidad mínima suficiente para arrancar un negocio con cierta seguridad financiera. En otras palabras, actúa como una garantía de solvencia para la empresa.
Antes, para constituir una Sociedad Limitada (SL), era obligatorio ingresar 3.000 euros en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. De hecho, los notarios no podían autorizar la escritura de constitución si los socios no demostraban que ese dinero estaba depositado.
Este requisito suponía el mayor gasto inicial y muchas veces era un obstáculo para quienes querían emprender. Por eso, con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, se introdujo un cambio importante: ahora es posible constituir una SL con solo 1 euro en la cuenta.
Eso sí, esto no significa que el capital social mínimo haya desaparecido. Sigue siendo de 3.000 euros, pero ahora se permite ir completándolo con el tiempo. Hasta que se alcance esa cantidad, se aplican algunas reglas especiales:
Si quieres montar una Sociedad Limitada (SL) y que funcione con su propia personalidad jurídica, hay que seguir una serie de trámites. Aquí te explicamos el proceso de forma sencilla:
Hay que solicitar un certificado negativo de denominación social en el Registro Mercantil Central para asegurarse de que el nombre elegido no lo está usando otra empresa.
Se debe abrir una cuenta a nombre de la sociedad y depositar al menos 1 euro. Para ello, el banco pedirá el certificado del registro del nombre.
Los estatutos son las normas internas de la empresa. Aunque los socios pueden escribirlos por su cuenta, es recomendable contar con asesoramiento profesional para evitar problemas futuros.
Este es el paso formal para dar vida a la sociedad. Para ello, se necesita presentar:
Actualmente, el notario envía directamente la documentación al Registro Mercantil para que la sociedad quede formalmente inscrita. Una vez completado este paso, la empresa obtiene plena personalidad jurídica y ya puede operar en el mercado.
Con la inscripción en el Registro Mercantil hecha, solo queda solicitar el NIF definitivo para poder gestionar todos los asuntos fiscales de la empresa.
Conociendo estos pasos y teniendo claro el capital mínimo necesario, la creación de una Sociedad Limitada puede ser un proceso más ágil y sencillo.
Sea como fuere, si necesitas ayuda sobre el capital mínimo para crear una SL, no dudes en contactar con el magnífico equipo de profesionales de Asesorae.