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Modelo 179: el alquiler vacacional
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Modelo 179: el alquiler vacacional

March 25, 2024

El Modelo 179 es el instrumento normativo encargado de regular y supervisar las transacciones vinculadas al arrendamiento de viviendas turísticas en España. ¿Pero qué implica exactamente el Modelo 179? ¿Quiénes están obligados a presentarlo y cómo se lleva a cabo su diligenciamiento? Además, ¿cuáles son las posibles sanciones en caso de no cumplir con esta obligación?

Con este artículo, conocerás las últimas modificaciones legislativas relacionadas con este modelo para que estés al tanto de los cambios más recientes y cumplir con tus obligaciones en materia de arrendamiento de viviendas turísticas en España.

¿Qué es el Modelo 179?

El Modelo 179 constituye una declaración informativa destinada a informar a la Agencia Tributaria sobre el arrendamiento de viviendas turísticas ubicadas en territorio español. Su propósito radica en fortalecer el control y la regulación de los apartamentos destinados al turismo, así como en identificar aquellos que operan de manera ilícita o subdeclarando sus ingresos.

La presentación del Modelo 179 es obligatoria para aquellos individuos y entidades que faciliten el servicio de intermediación entre los propietarios (cedentes) y los ocupantes (cesionarios) de viviendas con fines turísticos, ya sea a cambio de una contraprestación económica o de forma gratuita. Esto engloba tanto a las plataformas colaborativas como Airbnb o Booking.com, como a los administradores de propiedades que actúan como intermediarios y emiten facturas directamente al viajero.

Es esencial resaltar que la obligación de presentar el Modelo 179 no recae sobre los propietarios ni sobre los ocupantes de las viviendas turísticas. Sin embargo, los propietarios tienen la responsabilidad de declarar los ingresos generados por el arrendamiento de sus inmuebles en su Declaración de la Renta. De este modo, se garantiza una adecuada tributación y se previene la elusión fiscal en el ámbito del alquiler turístico.

Estas son algunas características fundamentales del Modelo 179:

  • Se trata de una declaración informativa de carácter anual.
  • Su destinatario principal son los intermediarios en el arrendamiento de viviendas turísticas.
  • Facilita a la Agencia Tributaria el control y la regulación del mercado del alquiler turístico.
  • Contribuye a la detección de operaciones fraudulentas o no declaradas.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 179?

El cumplimiento del Modelo 179 recae en los intermediarios que operan en el ámbito del alquiler de viviendas turísticas. Estos intermediarios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas que facilitan el servicio de intermediación en el arrendamiento de propiedades destinadas al turismo.

Plataformas colaborativas como Airbnb o Booking.com son ejemplos evidentes de estos intermediarios. Sin embargo, también se incluyen los administradores de propiedades que actúan como intermediarios entre propietarios y huéspedes, emitiendo facturas directamente al viajero.

Aunque los propietarios no están obligados a presentar el Modelo 179, tienen la responsabilidad de declarar los ingresos obtenidos por el alquiler turístico en su Declaración de la Renta. Por otro lado, los huéspedes no tienen la obligación de presentar el Modelo 179 ni están sujetos a responsabilidades fiscales directamente relacionadas con este modelo.

De esta manera, podemos identificar a los principales actores en la presentación del Modelo 179:

  • Intermediarios: proveen el servicio de intermediación en el alquiler de viviendas turísticas y están obligados a presentar el Modelo 179.
  • Propietarios: aunque no están obligados a presentar el Modelo 179, sí deben declarar los ingresos obtenidos del alquiler turístico en su Declaración de la Renta.

¿Cómo se presenta el Modelo 179?

Una vez identificados quienes están obligados a presentar el Modelo 179, es crucial comprender el procedimiento y los plazos para efectuar correctamente esta declaración informativa. La presentación del Modelo 179 se realiza de manera anual, lo que implica que debe presentarse una vez al año dentro de un plazo específico.

Las fechas de presentación del Modelo 179 abarcan del 1 al 31 de enero de cada año, con respecto a la información y operaciones correspondientes al año natural anterior. Es decir, se presentará en enero del año siguiente al que se refiere la información declarada.

El procedimiento para presentar el Modelo 179 se realiza a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para acceder al sistema, se requiere el uso del DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN. Estas credenciales garantizan la seguridad y la autenticidad de la información proporcionada en la declaración.

En cuanto a la información solicitada en la declaración, se requieren datos como la identificación del cedente y cesionarios, la dirección y referencia catastral de la vivienda alquilada, la fecha de inicio y la duración del arrendamiento como vivienda turística, el importe percibido por dicho arrendamiento y detalles adicionales opcionales como el número de contrato, fecha de intermediación de la operación y método de pago. Estos datos permiten a la Agencia Tributaria llevar un control exhaustivo de las operaciones de alquiler turístico.

En resumen, para presentar el Modelo 179 es necesario tener en cuenta lo siguiente:

  • Periodicidad y fechas de presentación: anual, entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente al que se refiere la información.
  • Procedimiento en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: acceso con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Información requerida en la declaración: identificación del cedente y cesionarios, datos de la vivienda, fechas, importe percibido y detalles opcionales.

Penalizaciones por incumplimiento

El cumplimiento de las obligaciones fiscales, como la presentación del Modelo 179, resulta esencial para evitar sanciones y multas por parte de la Agencia Tributaria. En caso de incumplimiento, ya sea por omisión de datos o presentación fuera de plazo, se establecen penalizaciones que pueden afectar significativamente a los intermediarios involucrados en el alquiler de viviendas turísticas.

Las sanciones por omisión de datos o presentación fuera de plazo ascienden a 20 euros por cada dato omitido o presentado incorrectamente. Esto significa que, si se detecta que la información proporcionada en el Modelo 179 es incompleta o inexacta, los intermediarios pueden enfrentarse a sanciones económicas que pueden acumularse rápidamente, dependiendo de la cantidad de datos afectados.

Por otro lado, la falta de presentación de la declaración informativa del Modelo 179 conlleva multas mucho más severas. En este caso, las sanciones pueden llegar a alcanzar hasta 600.000 euros, una cantidad considerable que puede tener un impacto negativo en la situación económica de los intermediarios responsables.

Para evitar penalizaciones por incumplimiento, es fundamental tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Sanciones por omisión o presentación fuera de plazo: 20 euros por cada dato omitido o incorrecto.
  • Multas por no presentar la declaración: hasta 600.000 euros.
  • Importancia del cumplimiento: presentar el Modelo 179 en tiempo y forma, con información completa y precisa para evitar sanciones y multas.

Actualizaciones recientes en la normativa del Modelo 179

Es esencial mantenerse al tanto de las actualizaciones en la normativa del Modelo 179, ya que estas pueden incidir tanto en los plazos como en los requisitos de presentación de la declaración informativa. Recientemente, se ha producido un cambio significativo en la periodicidad de presentación del Modelo 179, pasando de ser trimestral a anual.

Esta modificación en la periodicidad fue establecida mediante la Orden HFP/188/2023 y tiene como objetivo simplificar el proceso de presentación de la declaración informativa, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los intermediarios en el alquiler de viviendas turísticas.

La implementación de los nuevos plazos de presentación del Modelo 179 se llevará a cabo a partir del ejercicio fiscal de 2023. Esto implica que las primeras declaraciones anuales se efectuarán en enero de 2024, en relación con la información y operaciones correspondientes al año 2023. Por lo tanto, los intermediarios deben ajustarse a esta nueva periodicidad y asegurarse de cumplir con los plazos establecidos para evitar posibles sanciones y multas.

Esperamos que este artículo te haya sido útil. Ten en cuenta que, como propietario, no estás obligado a presentar el modelo 179, pero si no has declarado tu propiedad, ahora Hacienda tiene más facilidades que nunca para conocer esta información.

¿Te ha quedado alguna duda o tienes alguna pregunta? ¡No dudes en ponerte en contacto con el equipo de profesionales de Asesorae!