Es fundamental que la contabilidad empresarial registre de manera precisa tanto los ingresos como los gastos relacionados con la actividad, incluyendo aquellos de índole fiscal. En consecuencia, resulta esencial contabilizar el Impuesto de Sociedades (IS) para mantener la integridad y exactitud de los estados financieros.
Excepto en casos excepcionales, el periodo contable abarca todo el año natural. Por consiguiente, el IS debe ser registrado al 31 de diciembre. La única excepción posible es cuando el ejercicio debe concluir antes de finalizar el año, lo cual puede ocurrir en el caso de liquidación de la empresa.
El asiento que registra el IS es el último que se realiza antes de proceder al asiento de regularización y cierre.
Esta práctica tiene una lógica fundamentada, ya que es necesario completar y cerrar adecuadamente la contabilidad para calcular correctamente el monto a pagar en concepto de IS.
Las diferencias permanentes y temporarias son conceptos clave para comprender la contabilización del IS.
La forma de calcular el resultado del ejercicio económico difiere entre el ámbito contable y fiscal. La Ley del IS establece ajustes sobre el resultado contable para calcular la base imponible en estimación directa. Esto se debe a que la deducción de ciertos gastos varía entre el ámbito mercantil y el fiscal.
Las diferencias surgen cuando existe disparidad en la deducción de gastos, ya sea de manera permanente o temporal.
Por un lado, una diferencia permanente ocurre cuando un gasto contable no es deducible fiscalmente ni en el presente ni en el futuro, y su importe se suma al resultado contable para determinar la base imponible del IS.
Por otro lado, una diferencia temporal es corregida con el tiempo, ya que un gasto es deducible en la contabilidad en un momento dado y en el ámbito fiscal en otro momento.
El Plan General Contable establece los lineamientos generales para la contabilidad empresarial y es riguroso en la clasificación de ingresos y gastos según su naturaleza.
El gasto contable asociado al IS debe ser registrado en la cuenta 630, denominada 'Impuesto sobre beneficios'. Esta cuenta incluye dos subcuentas: la 6300 para el 'Impuesto corriente' y la 6301 para el 'Impuesto diferido'.
La cuenta 6300 registra el importe devengado por el IS durante el ejercicio, mientras que la 6301 contabiliza las diferencias temporales surgidas durante el ejercicio fiscal, las cuales pueden ser tanto positivas como negativas, generando créditos o pasivos para los ejercicios siguientes.
Además, existen otras cuentas contables relacionadas con el IS que son relevantes:
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